Al contratar el Seguro Gastos Médicos Colectivo, tus colaboradores cuentan con estos beneficios:

Tu personal tendrá acceso a nuestra red de hospitales, médicos, laboratorios y farmacias a nivel nacional

Asesoría telefónica, consultas con médicos especialistas a costos preferentes y red de descuentos.

Pago directo y cirugía programada en estancia mayores a 24 hrs. con red de convenio.

Hasta 5 consultas anuales con nutriólogo.

Cubrimos los gastos generados por distintas causas, principalmente:

Habitación hospitalaria estándar hasta la suma asegurada.

Servicios médicos quirúrgicos, incluyendo honorarios, anestesia, gastos de la sala de operaciones, recuperación y curaciones y medicamentos relacionados con el padecimiento cubierto durante la estancia en el hospital.

Estancia en unidad de cuidado intensivo y de cuidados coronarios.

Trasplante de órganos.

Tratamiento dental de emergencia por accidente.

Medicamentos, exámenes de laboratorio y gabinete.

Accidentes sufridos durante vuelos particulares.

Accidentes a consecuencia de la práctica amateur u ocasional de deportes.

Se amparan padecimientos congénitos para los asegurados nacidos dentro y fuera de la vigencia de la póliza SURA.

Además, brindamos los siguientes apoyos:

Indemnización como apoyo a la maternidad, al comprobar que el bebé nació después de los 10 meses siguientes a la contratación del seguro.

Reembolso por ambulancia terrestre en caso de urgencia médica.

En caso de reclamación, el pago se efectuará de acuerdo a los límites establecidos en la carátula de la póliza y/o certificado respectivo.

Aumenta la protección para tus colaboradores con estas coberturas adicionales que puedes contratar, entre otras:

Maternidad, que complementa el alcance que brindamos en apoyo de maternidad y óbito fetal.

Control prenatal, que ampara consultas y pruebas de laboratorio y/o gabinete.

Atención médica inmediata en el extranjero por un padecimiento cubierto y que, de no efectuarse, ponga en riesgo la vida o algún órgano.

Cobertura de los gastos causados por enfermedad o accidente mientras estás en el extranjero, siempre y cuando estén cubiertos por la póliza.

Aparatos auditivos y/o implantes cocleares que sean requeridos por un padecimiento cubierto.

Acceso a las coberturas básicas de gastos médicos cuando te encuentres en la parte norte de la franja fronteriza entre México y Estados Unidos (excepto por el apoyo por maternidad).

Tratamientos de obesidad, que cubre el tratamiento quirúrgico para obesidad de grado III y sus posibles complicaciones.

Gastos funerarios.

Padecimientos preexistentes.

Cirugía refractiva para miopía, hipermetropía, astigmatismo y presbiopía.

Es posible deducir impuestos por contar con el Seguro de Gastos Médicos Mayores para tus colaboradores, de acuerdo con la Ley de Impuesto Sobre la Renta (LISR).

Esta prestación fomenta la productividad y permanencia del talento humano al otorgar prestaciones de alto impacto superiores a la ley.

El contenido es únicamente informativo, el producto está sujeto a términos y condiciones y se regirá por las disposiciones contractuales y legales aplicables.

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